Si eres empresario y tienes clientes o proveedores de países de la Unión Europea distintos de España, te interesa saber qué es el ROI y cómo funciona el IVA en facturas comunitarias.
El ROI y el IVA en facturas comunitarias están directamente relacionados, porque con facturas de clientes o proveedores de países de la Unión Europea la facturación en lo que respecta al impuesto variará.
Por lo tanto, si eres autónomo o tienes una empresa que realiza operaciones con clientes o proveedores de países comunitarios, este artículo es para ti.
Contenido del artículo
Qué es el ROI
El ROI, o Registro de Operadores Intracomunitarios, es un censo que existe de empresarios, profesionales y retenedores. En este censo se deben dar de alta a quellos empresarios que:
Realicen compras y ventas intracomunitarias de bienes sujetos al IVA.
Adquieran servicios prestados por empresarios o profesionales intracomunitarios.
Presten servicios a profesionales o empresarios intracomunitarios.
Alta en el ROI
Para darse de alta en el ROI deberás cumplimentar la casilla al efecto en el Modelo 036.
Cuando presentes la solicitud en dicho modelo, la Agencia Tributaria tendrá tres meses para resolver y aceptar tu inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios. Si en esos tres meses no te llega ninguna resolución, el silencio es negativo, con lo que se entiende que la solicitud ha sido denegada.
Procedimiento tras la solicitud
Lo más habitual es que en el plazo de una semana se te conceda directamente el alta en ROI, pero no está de más saber que podrían llegar a solicitarte documentación que acredite la existencia de proveedores o clientes de países de la Unión Europea o incluso, que recibieses la visita de un agente tributario en tu empresa para comprobar la realidad de la actividad que desarrollas.
Atribución de NIF/IVA y censo VIES
Cuando estés incorporado al ROI, la Agencia Tributaria te asignará un NIF-IVA, esto es un número de identificación que comenzará por ES y seguirá con tu NIF.
Además, pasarás a estar de alta en el censo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre IVA). El censo VIES es un registro en el que puedes consultar si cualquier empresa o profesional intracomunitario está habilitado para poder realizar operaciones intracomunitarias exentas de IVA.
Facturas intracomunitarias con IVA o sin IVA
Por último, es importante mencionar sobre el IVA en facturas comunitarias como deberás realizar tu facturación a partir del alta en el ROI, sabiendo que no sólo tú deberás estar de alta en el censo VIES, sino que también la otra empresa o profesional, deberá aparecer en el mismo.
Por lo tanto, sólo podrás emitir facturas exentas de IVA, o recibir facturas de tus proveedores sin IVA, si ambos estáis en el censo VIES, en caso contrario, deberán ser siempre con el correspondiente IVA.
Ten en cuenta que si emites una factura tú eres el responsable de comprobar si el cliente está de alta en el censo VIES o no para saber si emitirla con o sin IVA.
Haznos tus preguntas sobre este tema y te responderemos encantados.