Los estatutos sociales, es decir, los estatutos que se deben realizar al inscribir una sociedad y que servirán como normas de régimen interno de la misma, vienen recogidas en la Ley de Sociedades de Capital.
En nuestra Gestoría para Empresas en Málaga ofrecemos como servicio integrado dentro de la constitución de sociedades, la elaboración de los estatutos sociales. Pero para que tengas más información, te aclaramos a continuación lo que deben incluir necesariamente.
Estatutos sociales en la Ley de Sociedades de Capital
Como ya hemos adelantado, en los estatutos se ha de indicar el funcionamiento de las sociedades de capital.
El contenido mínimo de los estatutos sociales es el siguiente:
- Denominación de la sociedad.
- Objeto social, determinando las actividades que lo integran.
- Domicilio social.
- Capital social, participaciones o acciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa.
- Modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y el mínimo, así como el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si la tuvieren.
- Modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.
En lo respectivo al capital social, hay que tener en cuenta lo siguiente:
En sociedades de responsabilidad limitada (SL). Se expresará el número de participaciones en que se divida el capital social, el valor nominal de las mismas, su numeración correlativa y, si fueran desiguales, los derechos que cada una atribuya a los socios y la cuantía o la extensión de éstos.
En sociedades anónimas (SA). Se expresarán las clases de acciones y las series, en caso de que existan. También la parte del valor nominal pendiente de desembolso, así como la forma y el plazo máximo en que satisfacerlo, y si las acciones están representadas por medio de títulos o por medio de anotaciones en cuenta. En caso de que se representen por medio de títulos, deberá indicarse si son las acciones nominativas o al portador y si se prevé la emisión de títulos múltiples.
Si quieres más información siempre puedes acudir a la fuente de toda la información la Ley de Sociedades de Capital.