Autónomo desplazado

Autónomo desplazado

Si eres autónomo y tienes que trabajar fuera de España, se te considera un autónomo desplazado.

Es importante saber en estos casos cómo se debe tributar siendo autónomo en el extranjero, dónde debes pagar los impuestos, y otras consideraciones que son de vital importancia si eres autónomo desplazado.

En nuestra gestoría para autónomos también gestionamos este tipo de casos, así que si necesitas gestoría para tu situación particular en el extranjero, no dudes en consultarnos.

Seguridad Social del autónomo desplazado

Si cotizas en España como autónomo pero trabajas en el extranjero, el tiempo máximo que puedes encontrarte en esta situación es de 2 años.

Además, antes de viajar al extranjero debes avisar a la Seguridad Social de que vas a realizar dicho desplazamiento.

Te encontrarás en dos posibles situaciones en lo que respecta a la asistencia sanitaria:

  • Si viajas a un país comunitario: Tendrás la asistencia sanitaria completa usando la tarjeta sanitaria europea u obteniendo el reembolso de los gastos que tengas.

  • Si viajas a un país no comunitario: Tendrás que estar a lo que dispongan los convenios bilaterales entre España y el país en cuestión.

Desplazado por más de 2 años

Si estás más de 2 años desplazado al país extranjero, se te presentan varias opciones:

  • Darte de alta en el país extranjero donde vayas a trabajar, pagando allí las cotizaciones que correspondan.

  • Solicitar una prórroga a la Seguridad Social demostrando que el proyecto por el que estás desplazado necesita más tiempo para ser finalizado.

  • Si sabes de primera mano que el tiempo va a ser superior a 2 años, podrías pedir directamente una exención y que te permitan estar de alta en España durante todo el tiempo que dure el proyecto.

  • Por último, podrías volver a España, darte de baja de autónomos, y estar al menos 2 meses sin ejercer ninguna actividad y volver a reanudar la actividad pasado este tiempo.

Hacienda en el autónomo desplazado

Si eres residente fiscal en España debes pagar impuestos aquí.

Para saber si eres residente fiscal en España, la ley del IRPF requiere lo siguiente:

  • Que la persona permanezca más de 183 días, durante el año natural, en territorio español.

  • Que la persona radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.

Por lo tanto, se presume, salvo que se demuestre lo contrario, que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los criterios anteriores, resida habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de él.

Si no cumples ninguna de estas circunstancias, porque eres soltero y no tienes intereses económicos en España, se te considerará residente en el país de destino y tus rendimientos tributarán en dicho país.

Para más información, puedes visitar este artículo:

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  1. Gestoria Malaga 19 enero, 2019

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