Con la entrada del año 2019 el gobierno ha impuesto la obligación de realizar un nuevo modelo tributario para aquellas personas que se dediquen al alquiler vacacional, el Modelo 179.
Este modelo afecta a las personas que, como decimos, se dediquen al alquiler vacacional, ya sea trabajando a través de plataformas como Airbnb, o de cualquier otra forma.
En nuestra gestoría para autónomos hemos preparado ya a nuestros clientes dedicados a esta actividad, y confeccionamos el modelo 179 para que no tengan ningún tipo de problemas.
Contenido del artículo
Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil
Quién debe presentar el modelo 179
La ley señala que todas las personas o empresas que realicen la función de intermediarios entre cedentes y cesionarios, también conocidos como propietarios e inquilinos, en relación con el uso de viviendas con fines turísticos, están obligados a presentar el Modelo 179.
Cesión de uso de vivienda con fines turísticos
Hay que tener en cuenta que se entiende por cesión de uso de viviendas con fines turísticos la cesión temporal de uso de la totalidad o parte de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, cualquiera que sea el canal a través del cual se comercialice o promocione y realizada con finalidad gratuita u onerosa.
Quedan excluidos del concepto de cesión de vivienda con fines turísticas, los siguientes:
- Arrendamientos de vivienda tal y como se definen en la Ley de Arrendamientos Urbanos, así como el subarriendo parcial de vivienda de la misma ley.
- Los alojamientos turísticos que se rigen por su normativa específica.
- El derecho de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.
Los usos y contratos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, salvo algunas excepciones adicionales.
Intermediarios
Tendrán la consideración de intermediarios todas las personas o entidades que presten el servicio de intermediación entre cedente y cesionario del uso de la vivienda con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito.
En particular, tendrán dicha consideración las personas o entidades que, constituidas como plataformas colaborativas, intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información, con independencia de que presten o no el servicio subyacente objeto de intermediación o de que se impongan condiciones a los cedentes o cesionarios tales como precio, seguros, plazos u otras condiciones contractuales.
El término intermediario, que puede crear dudas, recoge a las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre las dos partes que participan en el proceso de uso de una viviendo con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito.
De esta forma, serán intermediarios tanto los digitales (plataformas colaborativas), como los tradicionales.
Qué información debe incluir el modelo
El modelo tiene apartados obligatorios y apartados opcionales.
Obligatorios
- Identificación del titular o titulares de la vivienda, del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinto del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.
- Identificación del inmueble (dirección completa) con especificación de la referencia catastral, en el caso de que la tuvieran asignada.
- Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.
- Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del uso de la vivienda.
Fecha de inicio de la cesión.
Opcionales
- Número de contrato de intermediación.
- Fecha de intermediación.
Identificación del medio de pago utilizado.
Cuándo presentar el Modelo 179
Los plazos para presentar el modelo son los siguientes:
Ejercicio 2018
Se debía presentar, de forma excepcional, entre el 1 y el 31 de Enero de 2019.
Ejercicio 2019
Se hacen las declaraciones de forma trimestral:
- Primer trimestre: del 1 al 30 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 31 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 31 de octubre.
Cuarto trimestre: del 1 al 31 de enero.
¿Qué ocurre cuando el alquiler vacacional afecta a varios trimestres o ejercicios?
En esos casos debe informarse de la fecha de inicio de la cesión, el número de días de disfrute, la fecha de intermediación (opcional).
Además, la información sobre la cesión de la vivienda de carácter vacacional, debe incluirse en el periodo y ejercicio que corresponda al día de inicio de la cesión.
Fuente: Elvira Holiday Rentals